Atropellos. Protección a los peatones

Atropellos. Protección a los peatones

Atropellos. Protección a los peatones

España cuenta con una media de 11.000 atropellos cada año, los cuales se producen sobre todo en las grandes ciudades. La gran mayoría de siniestros suele ocurrir especialmente en semáforos, cruces, intersecciones y pasos no habilitados para la circulación de viandantes.

El Reglamento de Circulación deja claro que los peatones están obligados a utilizar y cruzar solo por los lugares habilitados para ello. Además, deben hacerlo de una determinada manera: en primer lugar, con la certeza de que pueden atravesar la calzada sin peligro para ellos o cualquier otro usuario de la vía, es decir, en caso de no existir paso para peatones debemos asegurarnos de hacerlo sin riesgo ni entorpeciendo a nadie. Deberemos atravesar la calzada de manera perpendicular a esta.

Además, no se puede cruzar un paso de cebra en diagonal o caminar por sus proximidades sin llegar a entrar en él. Es importante, al cruzar la calzada no demorarnos, detenernos ni entorpecer el paso a los demás.

Otras normas básicas cuyo cumplimiento es de vital importancia para la protección de los peatones, serían las siguientes:

 

  • El peatón tendrá prioridad en un cruce en caso de que no haya semáforo. Hay una norma que muy pocos conductores conocen, y es que cuando un vehículo gira para entrar en otra vía y se encuentra con personas cruzando, aquí el peatón tiene prioridad, aunque no haya paso de cebra. De esta forma si el coche lo atropella, será responsabilidad del conductor.
  • Los peatones al caminar por la acera, deberán hacerlo por el centro. No se puede caminar por el bordillo, junto a la calzada, para evitar atropellos y hay que intentar no ir pegados a las casas, por si un coche sale de algún garaje.

  • Cuando la acera se encuentre bloqueada, no exista o sea transitable el peatón, excepcionalmente podrá transitar por el arcén o, en su defecto, por la calzada, pero lo más pegado posible a la acera porque los vehículos tienen prioridad de paso.

  • En caso de transitar por una glorieta, el peatón no la deberá atravesar sino que tiene que deberá proceder a rodearla.

  • Cuando el peatón se encuentra fuera de un núcleo urbano y no existe un espacio reservado para peatones, como norma general, deberán circular por la izquierda, aunque se podrá transitar por la derecha cuando esté justificado por cuestiones de seguridad. En autopistas y autovías está prohibida la circulación de peatones salvo que,por accidente, avería del vehículo o enfermedad de alguno de los ocupantes u otra emergencia se deba solicitar auxilio a otro usuario de la vía.

  • Fuera del poblado, entre la puesta y la salida del sol, en condiciones meteorológicas adversas o con poca visibilidad, todo peatón que circule por calzada o arcén deberá llevar algún elemento luminoso o reflectante homologado visible al menos a 150 metros. Además, si se circula en grupo dirigido por una persona deberán llevar en lado del centro de la calzada las luces necesarias para indicar su situación y dimensiones de color blanco o amarillo hacia delante y rojo hacia atrás.

  • Las personas con movilidad reducida, deberán transitar por la zona peatonal, pero adoptando las debidas precauciones, se podrá circular por el arcén o calzada a una velocidad moderada y siempre por la derecha. Estas personas tendrán prioridad sobre el resto de usuarios, incluso al desplazarse en silla de ruedas u otros dispositivos análogos, motorizados o no, en aceras con velocidad máxima limitada a 5 km/h, en el carril reservado de las aceras-bici con velocidad máxima limitada a 10 km/h gozando de prioridad respecto de bicicletas y VMP. En ningún caso se podrá circular por autopistas ni autovías.

  • Los peatones menores, incapacitados y las personas mayores precisamente por su impulsividad y espontaneidad, gozan de una especial protección en caso de cruzar indebidamente por lugares no habilitados para el paso.

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