La reforma introducida por la Ley 5/2025 ha supuesto un cambio relevante en el sistema de valoración de daños personales, especialmente en lo relativo a la ayuda de tercera persona en casos de gran dependencia tras un accidente.
Hasta la modificación normativa, el baremo de indemnizaciones establecía un límite máximo de 16 horas diarias de asistencia, incluso en supuestos de pérdida total de autonomía. Esto implicaba que, aun cuando la víctima necesitara atención continua, el sistema indemnizatorio no reconocía económicamente más de ese límite.
Con la reforma, se abre la posibilidad de reconocer hasta 24 horas de ayuda diaria cuando la situación clínica y funcional de la víctima así lo requiera.
¿Por qué se considera una reforma histórica?
No se trata únicamente de una cuestión cuantitativa, sino de un reconocimiento jurídico de la realidad asistencial.
Al ampliar la ayuda de tercera persona hasta 24 horas en los supuestos más graves, el legislador asume que la integridad física, la dignidad y la autonomía personal no pueden estar condicionadas por un límite horario abstracto.
En los casos de grandes lesionados por accidente de tráfico u otros supuestos de responsabilidad civil, la necesidad de apoyo puede ser permanente e ininterrumpida, lo que exige un sistema indemnizatorio coherente con esa realidad.
¿Qué cambia técnicamente en el baremo?
Antes de la reforma, el sistema recogía tablas específicas para calcular:
- Las horas diarias de ayuda necesarias.
- El coste económico de dicha asistencia.
- Los límites máximos indemnizables.
Con la Ley 5/2025:
- Se ajustan las tablas de cálculo del baremo, incorporando criterios más amplios y precisos en función de la gravedad de las secuelas.
- Se flexibilizan o eliminan determinados límites máximos de horas en situaciones de gran dependencia.
- Se permite reconocer hasta 24 horas de asistencia diaria cuando la pérdida de autonomía sea total o prácticamente total.
Esto tiene un impacto directo en la cuantificación de la indemnización por daños personales.
Principales efectos prácticos de la reforma
Cobertura asistencial completa
En supuestos de pérdida total de autonomía, la normativa admite la necesidad de asistencia continuada durante las 24 horas del día.
Reconocimiento de la dignidad y autonomía
Se reconoce expresamente que la víctima puede requerir cuidados constantes, tanto en actividades básicas como en supervisión permanente.
Realismo económico en la indemnización
El incremento de horas reconocidas supone un aumento sustancial en las cuantías indemnizatorias, permitiendo:
- La contratación de personal profesional cualificado.
- La organización de turnos rotatorios.
- La cobertura real de necesidades asistenciales continuadas.
Al admitir la posibilidad de 24 horas de ayuda de tercera persona, el sistema indemnizatorio reconoce que el cuidado de un gran lesionado es una labor ininterrumpida que requiere recursos humanos, planificación y un soporte económico suficiente.
Correcta valoración de la ayuda de tercera persona en la indemnización
La determinación de las horas de asistencia necesarias y su correcta cuantificación económica exige un análisis técnico individualizado, especialmente en casos de grandes lesionados.
En la práctica, la aplicación del baremo y la valoración del grado de dependencia pueden generar discrepancias en las ofertas indemnizatorias formuladas por las aseguradoras.
Por ello, en supuestos de accidente con secuelas graves que impliquen pérdida total o significativa de autonomía, resulta fundamental contar con asesoramiento especializado para garantizar que la indemnización contemple adecuadamente la ayuda de tercera persona durante el tiempo realmente necesario.
En UP Abogados, como especialistas en accidentes y responsabilidad civil, analizamos cada caso para asegurar una correcta aplicación del baremo y la máxima protección de los derechos de la víctima.
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Preguntas frecuentes
Es la asistencia que necesita una víctima con secuelas graves para realizar actividades básicas de la vida diaria cuando ha perdido total o parcialmente su autonomía.
Principalmente en situaciones de pérdida total de autonomía, cuando la víctima requiere supervisión y asistencia continuada durante todo el día.
Sí. Se ajustan las tablas del baremo y los cálculos actuariales, lo que puede suponer un incremento significativo en las cuantías indemnizatorias destinadas a cubrir la asistencia continuada.
