Cálculo de indemnización por tetraplejia. Baremo 2022

Cálculo de indemnización por tetraplejia. Baremo 2022

Ante un accidente de tráfico, las cuantías indemnizatorias correspondientes al lesionado serán diarias, por lo que se contarán los días desde la ocurrencia del siniestro, hasta la estabilización de las lesiones.

Aclarado esto, los importes que a continuación se mencionan corresponden al Baremo del año 2022, y se supedita al tipo de perjuicio personal sufrido por la víctima:

Perjuicio personal básico

  • Indemnización por tetraplejia por día: 32,91 euros.

Perjuicio personal particular

  • Por pérdida temporal de calidad de vida, Indemnización por tetraplejia por día (incluye la indemnización por perjuicio básico):

○ Muy grave : 109,70 euros.

○ Grave : 82,28 euros.

○ Moderado : 57,04 euros.

○ Por cada intervención quirúrgica : De 438,80 euros hasta 1.755,21 euros.

Perjuicio patrimonial

  • Gastos de asistencia sanitaria: Su importe.
  • Gastos diversos resarcibles: Su importe.
  • Lucro cesante : Su importe.

La tetraplejia es una lesión que puede prolongarse durante mucho tiempo. Si bien es indemnizada como lesión temporal en un inicio, cuando esta se estabiliza se convierte en una secuela, es resarcida por este último concepto.

A este respecto, la Ley 35/2015, de 22 de septiembre , en su artículo 93 , define claramente lo que se entiende por secuela, en los siguientes términos:

Son secuelas las deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos que derivan de una lesión y permanecen una vez finalizado el proceso de curación.

Las secuelas por tetraplejia serán valoradas dependiendo del área de la columna que fue dañada por la lesión. Las mismas se dividen en tres, de acuerdo al baremo médico que figura en la ley mencionada anteriormente:

  • Por encima o igual a C4 (Ninguna movilidad. Sujeto sometido a respirador automático). Tiene una puntuación de 100 puntos.
  • C5-C6 (Movilidad cintura escapular). La secuela es valorada en 96-98 puntos.
  • C7-C8 (Puede utilizar miembros superiores. Posible sedestación). Cuenta con una puntuación de 93-95 puntos.

En este sentido, en el baremo del año 2022, se establecen las cuantías correspondientes al perjuicio personal particular por secuela. Las cuales se supeditan a diversos supuestos:

1. Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico: Cuando una sola secuela alcanza al menos 60 puntos o el resultado de las concurrentes alcanza al menos 80 puntos: De 21.062,,60 hasta 105.312,99 euros.

2. Daños morales complementarios por perjuicio estético: Cuando alcanza al menos 36 puntos: De 10.531,30 hasta 52.656,49 euros.

3. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas:

  • Muy Grave : De 98.730,92 hasta 164.551,54 euros.
  • Grave: De 43.880,41 hasta 109.701,02 euros.
  • Moderado : De 10.970,10 hasta 54.850,51 euros.
  • Leve: De 1.645,52 hasta 16.445,15 euros.

4. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados: De 32.910,31 hasta 159.066,49 euros.

5. Pérdida del feto a consecuencia del accidente:

  • Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación: 16.455,15 euros.
  • Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación: 32.910,31 euros.

6. Perjuicio Excepcional: Hasta el 25%.

Igualmente, son resarcibles, todos aquellos gastos de asistencia sanitaria futura, prótesis y órtesis, y rehabilitación domiciliaria y ambulatoria.

Asistencia Sanitaria Futura

En lo que refiere a la asistencia sanitaria futura, se cubrirán todas aquellas prestaciones sanitarias a nivel ambulatorio y hospitalario que requiera la víctima lesionada por las secuelas derivadas del siniestro. Igualmente comprenderá las que se causen en el ámbito domiciliario.

En cuanto a las prótesis y ortesis que requiera el lesionado para toda su vida, de acuerdo a lo que establezca el informe médico, le será resarcido.

Por su parte, la rehabilitación domiciliaria y ambulatoria abarca todos y cada uno de los gastos de la terapia ocupacional que necesite la víctima lesionada, así como los causados por los tratamientos de fisioterapia que reciba.

Ahora bien, conforme a lo contemplado en el baremo del año 2022, las cuantías resarcitorias de dichos gastos son los siguientes:

  1. Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura según secuela: Tabla 2.C.1.
  2. Prótesis y ortesis Hasta 54.850,51 euros por recambio.
  3. Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria:

    – Estados vegetativos crónicos y tetraplejias igual o por encima de C-4: Hasta 14.809,63 euros anuales.
    – Tetraplejias, Tetraparesias graves, secuelas graves del lenguaje y trastornos graves neuropsicológicos: Hasta 10.421,60 euros anuales.
    – Resto de supuestos del artículo 116.4: Hasta 6.417,52 euros anuales.

En cuanto a los gastos por pérdida de autonomía personal por una tetraplejia derivada de accidente de tráfico. Estos se dividen en 4, a saber,

  1. Ayudas técnicas.
  2. Adecuación de vivienda.
  3. Incremento de los costes de movilidad.
  4. Ayuda a terceras personas.

Pérdida de autonomía personal

Entendiendo por pérdida de autonomía personal cuando una persona sufre un menoscabo sensorial, orgánico, físico e intelectual que le limita o impide realizar actividades esenciales de su vida diaria.

En cuanto a las ayudas técnicas, estas abarcan los equipos e instrumentos que son utilizados por la persona que sufre una pérdida de autonomía, los cuales tienen por objeto disminuir sus limitaciones en cuanto a los movimientos que puede ejecutar.

Gasto de adecuación de vivienda

En el gasto de adecuación de vivienda, se establece la posibilidad de que el gran lesionado reciba una indemnización, para que realice las obras necesarias en su vivienda para que pueda adaptarse a su estado físico.

Incremento de los costes de movilidad

En el incremento de los costes de movilidad, la indemnización servirá para que el vehículo que utiliza el lesionado sea adaptado a su nueva condición médica . Si no es posible adaptarlo, entonces se cubrirán los gastos que ocasione el desplazamiento de la víctima.

Ayuda de tercera persona

En lo que respecta a la ayuda de tercera persona, si bien la indemnización es para el lesionado, este último puede compensar libremente al individuo, sea familiar o no, que le ayude. Esto, debido a la condición que tiene tras la lesión sufrida en un siniestro. Para el cálculo, se debe tener presente el tipo de secuela, para posteriormente usar las tablas de ayuda relacionadas con la cantidad de horas en las que necesita atención.

En lo que respecta a las cuantías de las indemnizaciones por los gastos por pérdida de autonomía personal, las mismas figuran en el baremo actualizado del año 2022:

  1. Ayudas técnicas: Hasta 164.551,55 euros.
  2. Adecuación de vivienda: Hasta 16.551,55 euros.
  3. Incremento de los costes de movilidad: Hasta 65.820,62 euros por recambio.
  4. Ayuda de tercera persona:
    • Tabla de horas de ayuda a domicilio según secuela: Tabla 2.C.2.
    • Tabla de indemnizaciones de ayuda de tercera persona: Tabla 2.C.3
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