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El uso de los patinetes eléctricos se ha consolidado en Madrid como una forma de movilidad ágil y sostenible. Sin embargo, su rápida implantación ha provocado un aumento de accidentes, conflictos con peatones y problemas de convivencia en el espacio público. Como respuesta, el legislador estatal y el Ayuntamiento de Madrid han desarrollado un marco normativo específico para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), cuyo objetivo principal es garantizar la seguridad vial y el orden urbano.
Marco legal de los patinetes eléctricos: regulación estatal y local
Real Decreto 970/2020: normativa estatal para patinetes eléctricos
A nivel estatal, la regulación básica se introduce mediante el Real Decreto 970/2020, que modifica el Reglamento General de Circulación. En él se define el patinete eléctrico como VMP, estableciendo que no puede superar los 25 km/h, debe estar diseñado para una sola persona y no puede circular por aceras, zonas peatonales, autopistas o autovías.
Normativa municipal en Madrid: Ordenanza de Movilidad Sostenible
En el ámbito local, Madrid desarrolla esta normativa a través de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS). En la normativa se manifiesta la importancia de la circulación de los patinetes, permitiéndola únicamente por carriles bici, ciclocalles y calzadas limitadas a 30 km/h. Además, se imponen medidas de seguridad adicionales, como el uso obligatorio del casco.
Obligaciones de seguridad para circular con patinete eléctrico
Se exige el uso de casco, luces y elementos reflectantes en condiciones de baja visibilidad, y se prohíbe expresamente el uso del teléfono móvil o auriculares durante la conducción. Estas infracciones pueden ser sancionadas con multas que, en general, alcanzan los 200 euros.
Ejemplo de sanción real por circular indebidamente
Un usuario fue sancionado por circular con su patinete por una acera del centro de Madrid. Alegó desconocimiento de la norma, pero el juzgado contencioso-administrativo confirmó la sanción al considerar que la prohibición es clara y que la protección del peatón justifica plenamente la medida.
Accidentes con patinetes eléctricos: responsabilidad civil y jurisprudencia
La Dirección General de Tráfico ha anunciado la futura implantación de un registro de VMP y la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil, con el fin de cubrir los daños causados a terceros.
En la práctica, han existido numerosos conflictos civiles derivados de atropellos a peatones por patinetes eléctricos. Algunos tribunales han condenado a los conductores a indemnizar directamente a la víctima, al no existir seguro obligatorio, aplicando los principios generales de la responsabilidad civil extracontractual.
Aunque no existe aún una jurisprudencia unificada del Tribunal Supremo, los juzgados de lo contencioso-administrativo han respaldado de forma reiterada las sanciones impuestas por los ayuntamientos. Las resoluciones destacan que los VMP no son peatones y deben respetar las normas de circulación, reforzando la seguridad jurídica del actual marco normativo.
Preguntas frecuentes sobre la normativa de patinetes eléctricos
No. Madrid prohíbe el acceso de patinetes eléctricos al transporte público por razones de seguridad.
No. Los patinetes eléctricos deben circular por carriles bici o calzadas con velocidad limitada según la normativa local. Circular por aceras puede ser sancionado por riesgo a peatones.
¿Has tenido un accidente o sanción con tu patinete eléctrico? Podemos ayudarte
La normativa sobre patinetes eléctricos en España busca equilibrar innovación y seguridad. A través de reglas claras, sanciones proporcionadas y el respaldo judicial, se pretende integrar este medio de transporte en la ciudad de forma responsable, garantizando la convivencia y la protección de todos los usuarios del espacio urbano.
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